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PSOE y Sumar acuerdan aumentar el iva de los apartamentos turísticos al 21%. ¿cómo me afecta?

A continuación, te explicamos en qué consiste esta suspensión, sus implicaciones y cómo puede afectar a quienes tienen o desean abrir un piso turístico en Bilbao.

¿Qué implica el posible aumento del iva al 21% para los apartamentos turísticos?

En las últimas semanas, se ha hablado mucho de la posible subida del IVA para los apartamentos turísticos, pasando del 10% al 21%. Esta medida forma parte de un acuerdo en el marco de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2025, pactado entre el PSOE y Sumar, y se enmarca dentro de un esfuerzo por armonizar el IVA aplicado al sector turístico. Sin embargo, aún no se ha aprobado definitivamente, y hasta que no se publique la nueva ley, el IVA para los apartamentos turísticos sigue siendo del 10%, como establece la normativa actual.

PSOE y Sumar acuerdan aumentar el iva de los apartamentos turísticos al 21%. ¿cómo me afecta?

aumento del iva al 21% para los apartamentos turísticos

¿Te afecta esta subida?

¿Qué cambiaría con la subida del IVA?

La propuesta de aumentar el IVA al 21% afectaría principalmente a Empresas y autónomos que centran su actividad en la explotación de apartamentos turísticos (en ningún se habla de que vaya a afectar a particulares que tengan viviendas de uso turístico). En ese caso, los propietarios de estos apartamentos tendrían que aplicar el tipo general de IVA, incrementando así el coste para los turistas y, posiblemente, afectando la rentabilidad de los propietarios.

Sin embargo, el aumento del IVA aún debe pasar por un proceso legislativo. Aun así, como propietarios, es esencial estar al tanto de esta medida para poder ajustarse a las nuevas normativas si finalmente se aprueban.

¿Cómo se tributan los ingresos de los Apartamentos Turísticos?

La forma en que tributan los ingresos obtenidos del alquiler turístico depende de los servicios adicionales que el propietario proporcione, lo que define si se considera una actividad económica o un rendimiento de capital inmobiliario.

  1. EMPRESAS Y AUTÓNOMOS QUE CENTRAN SU ACTIVIDAD EN LA EXPLOTACIÓN DE APARTAMENTOS TURÍSTICOS: En este caso, se considera que el propietario está desarrollando una actividad económica. Según el artículo 27.1 de la Ley del IRPF, las rentas se califican como rendimientos de la actividad económica, y deberán tributar bajo este régimen. Además, los propietarios tendrán que aplicar el IVA correspondiente (hasta ahora del 10%, y si se aprueba la reforma, sería del 21%) sobre los ingresos obtenidos.
  2. PERSONAS FÍSICAS CON UNA SEGUNDA RESIDENCIA QUE UTILIZAN COMO VIVIENDA DE USO TURÍSTICO: Los ingresos se consideran rendimientos del capital inmobiliario. En este caso, el alquiler no estaría sujeto a IVA (a no ser que se contrate a alguien a jornada completa para gestionar el alquiler), pero sí se deben tributar en el IRPF.

Si te interesa conocer más sobre cómo tributan los ingresos de los alquileres turísticos, puedes consultar la normativa vigente en la Agencia Tributaria o en los detalles de la Ley del IRPF.

Diferencias Clave: ¿Te afectaría el aumento del IVA?

El aumento del IVA afectaría principalmente a los propietarios que prestan servicios adicionales (servicios de hotel) en sus apartamentos turísticos. Aquellos que simplemente alquilan el espacio sin ofrecer estos servicios seguirían tributando bajo el régimen de rendimientos del capital inmobiliario, y no estarían obligados a aplicar el IVA, por lo que no se verían directamente afectados por este cambio, aunque podrían experimentar un aumento en la demanda si la subida del IVA eleva los precios de sus competidores.

Obligaciones fiscales para los propietarios de Apartamentos Turísticos

Las obligaciones fiscales de los propietarios varían dependiendo de si su actividad se califica como económica o no. En caso de que la cesión de la vivienda sea solo un alquiler, los ingresos se tributan como rendimientos del capital inmobiliario, y se pueden deducir ciertos gastos relacionados con la propiedad. Por otro lado, si el alquiler se considera una actividad económica, el propietario tendrá que llevar un control más detallado de sus ingresos y gastos, y presentar las declaraciones fiscales de forma regular.

Para más detalles sobre las obligaciones fiscales y las posibles deducciones que pueden aplicar, puedes leer más en la Agencia Tributaria.

¿Qué implicaciones tendrá en el mercado de Alquileres Turísticos?

Aunque la subida del IVA podría aumentar los costos para los propietarios que prestan servicios adicionales, es importante recordar que este cambio aún no está confirmado y deberá ser aprobado por ley. El impacto en el mercado dependerá de la rapidez con la que los propietarios se adapten a los cambios y si pueden trasladar los costos a los precios del alquiler sin perder competitividad. Además, como en otras ocasiones, es posible que el mercado reaccione de forma variada según la localización, la demanda y el tipo de propiedades que ofrezcan los propietarios.

Conclusión: ¿Cómo deberías prepararte?

Si eres propietario de un apartamento turístico y solo alquilas la vivienda sin ofrecer servicios adicionales, es probable que no te veas afectado por el aumento del IVA, ya que seguirás tributando como rendimiento del capital inmobiliario, lo que te excluye de la obligación de aplicar IVA.

Sin embargo, si prestas servicios adicionales (limpieza, lavandería, etc.), este cambio sí podría afectarte, por lo que es importante estar informado y preparado para ajustar tu negocio. A medida que se aprueben las nuevas normativas, asegúrate de revisar cómo te afecta personalmente.

En todo caso, la subida del IVA aún está en fase de propuesta, por lo que no es un cambio que se deba aplicar de inmediato. Mantente al tanto de las novedades legislativas para estar preparado ante cualquier cambio.

Para más detalles sobre la tributación de los apartamentos turísticos y sus implicaciones fiscales, visita la Agencia Tributaria y consulta los artículos correspondientes en el BOE.

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