En Cantabria, el alquiler de viviendas turísticas está regulado por el Decreto 225/2019 que establece los requisitos que deben cumplir tanto el inmueble como el propietario para obtener la licencia turística en su vivienda. Este Decreto se refiere a las viviendas particulares destinadas a uso turístico y fue aprobado el 10 de marzo 2020.
Requisitos que debes cumplir para obtener la licencia turística en Cantabria
El Gobierno de Cantabria ha simplificado en sobre manera todos los tramites, y sobretodo las exigencias para la tramitación de las licencias de vivienda de uso turístico.
La persona titular de la actividad debe presentar una declaración responsable donde declara que conoce y cumple con los requisitos exigibles y dispone de la documentación que lo acredita.
Para legalizar una vivienda turística en Cantabria se tienen primero que verificar y cumplir lo siguiente:
La vivienda no está calificada como protegida
Verificar que la vivienda no está calificada como protegida, es decir que no sea de VPO.
Los estatutos o acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios
Se debe verificar que los estatutos o acuerdos de la comunidad de propietarios no prohíben ni establecen restricciones del uso del inmueble como vivienda turística en el caso de viviendas ubicadas en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. Si existiera alguna restricción, la vivienda turística no podría ser legalizada.
A pesar de que el Decreto no especifica nada al respecto, en Turismo se está exigiendo un certificado del presidente de la comunidad de vecinos o del administrador que indique la ausencia de prohibiciones o restricciones en los estatutos o en un acuerdo de la Junta de propietarios.
Cédula de habitabilidad
Es necesario que la vivienda cuente con la correspondiente cédula de habitabilidad para poder alquilarla como vivienda turística.
La cédula de habitabilidad se puede solicitar en la DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA, ubicada en la calle Alta nº 5 en Santander.
Instalar un extintor por planta
Instalar un extintor por planta de la vivienda, con el correspondiente contrato de mantenimiento.
Escrituras de la propiedad
Es necesario contar con un título jurídico suficiente que acredite la propiedad de la vivienda, como las escrituras completas.
Placas identificativas
Exhibir en el exterior de la puerta de acceso de la vivienda de uso turístico, la placa identificativa.
Hojas de reclamación
Es obligatorio colocar en un lugar visible de la vivienda turística el cartel informativo que indique la disponibilidad de hojas oficiales de reclamaciones, y tener a disposición de los huéspedes dichas hojas.
Teléfonos de contacto visibles
Mostrar de manera visible el número de teléfono disponible para atender de manera inmediata cualquier situación que afecte a la estancia en la vivienda turística.
Documentación para viajeros visible
Exhibir en lugar visible las normas de utilización, así como la temporada de funcionamiento de la vivienda de uso turístico, con expresa mención a las fechas de apertura y cierre y las formas de pago aceptadas.
Hojas de admisión para viajeros
Disponer de hojas de admisión de registro de viajeros previstas en la normativa.
Modelo de factura para viajeros
Disponer de modelo de justificante de pago del alojamiento.
Vivienda completa para huéspedes
Disponer de los muebles y enseres necesarios para su uso inmediato.
Precios por temporada visibles
Exhibir los precios de los servicios ofertados en lugar claramente visible y de fácil lectura para el público
Licencia de apartamentos turísticos en Cantabria
Cantabria esta regulando su normativa de vivienda vacacional y está unificando la gestión en todos sus municipios.
Pasos para la legalización de la vivienda turística en Cantabria
Una vez verificado y cumplido lo anterior, se puede legalizar la vivienda turística.
Para registrar una vivienda turística, es necesario presentar una declaración responsable, que puede ser descargada aquí. Esta declaración debe estar suscrita por el titular o su representante legal y contener los datos necesarios para identificar la vivienda. Además, debe declarar que dispone de la documentación necesaria y que se compromete a cumplir con todas las obligaciones legales mientras continúe con la actividad.
En la declaración responsable, se debe hacer mención explícita al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Disponer de título jurídico suficiente acreditativo de la propiedad de la vivienda, ya sea mediante escrituras completas o contrato de alquiler.
- Haber abonado la tasa correspondiente por la emisión del informe de inspección y control de la declaración responsable de inicio de actividad, que tiene un coste de 40,62€. Debe adjuntarse el documento justificante del pago.
- Contar con un extintor por planta, instalado en un lugar visible y de fácil acceso. Se debe demostrar mediante la factura correspondiente o el contrato de mantenimiento.
- Disponer de la cédula de habitabilidad, la cual debe ser adjuntada como documento.
- En caso de que la vivienda se ubique en un inmueble sujeto al régimen de propiedad horizontal, es necesario presentar una declaración responsable que certifique que los estatutos o acuerdos de la comunidad de propietarios no prohíben ni establecen restricciones para el uso de la vivienda como alojamiento turístico durante todo el ejercicio de la actividad. Se debe adjuntar el documento correspondiente.
- La vivienda que se pretenda destinar a uso turístico no debe estar calificada como vivienda protegida.
- Es necesario contar con el título jurídico suficiente acreditativo de la propiedad de la vivienda, lo cual implica adjuntar la escritura de propiedad completa y, en caso de ser necesario, la autorización de los copropietarios.
- En caso de tratarse de personas físicas, se debe adjuntar la fotocopia del documento acreditativo de la identidad.
- Es necesario establecer el nombre o denominación del establecimiento.
- Se debe exhibir en el exterior de la puerta de acceso de la vivienda de uso turístico la placa identificativa conforme al Anexo II, y adjuntar la correspondiente fotografía.
- Exhibir en un lugar visible el cartel informativo de la disponibilidad de las hojas oficiales de reclamaciones, y adjuntar la correspondiente fotografía.
- Exhibir en un lugar visible el número de teléfono previsto para atender de manera inmediata cualquier circunstancia que afecte a la estancia alojativa, y adjuntar la correspondiente fotografía.
- Poner en conocimiento del público interesado las normas de utilización de la vivienda, así como la temporada de funcionamiento, las fechas de apertura y cierre y las formas de pago aceptadas. Se debe adjuntar el documento correspondiente.
- Emitir y entregar a los usuarios un justificante de pago del alojamiento, y adjuntar el modelo de documento correspondiente.
- Disponer de hojas oficiales de reclamación de la Dirección General competente en materia de turismo, las cuales deben estar a disposición de los usuarios en un lugar adecuado dentro de la vivienda de uso turístico. Se debe adjuntar una copia.
- Disponer de hojas de admisión, y adjuntar el modelo correspondiente.
- Contar con los muebles y enseres necesarios para su uso inmediato, y adjuntar fotografías de todas las dependencias de la vivienda.
- Exhibir los precios de los servicios ofertados en un lugar claramente visible y de fácil lectura para el público, y adjuntar la correspondiente fotografía.
¿Dónde se debe presentar la documentación?
La documentación se puede presentar telemáticamente en el Registro General del Gobierno de Cantabria o en cualquier registro de Cantabria, incluyendo el Ayuntamiento correspondiente.
Una vez presentada toda la documentación en el registro correspondiente, la Dirección General competente en materia de turismo procederá a inscribir de oficio la vivienda en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria.
La Dirección competente en materia de turismo enviará la declaración responsable presentada al Ayuntamiento correspondiente al municipio en el que se ubique la vivienda para los efectos oportunos.
El ayuntamiento correspondiente puede exigir la obtención de autorizaciones administrativas necesarias para la apertura y funcionamiento de la vivienda, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos por otras normativas, especialmente en lo referente a la protección de la seguridad ciudadana.
Si las normas urbanísticas del Ayuntamiento correspondiente no permiten la utilización de viviendas turísticas en la vivienda solicitada, la licencia puede ser revocada.
¿Que obligaciones se tienen una vez registrada la vivienda turística?
- Debe exhibirse en el exterior de la puerta de acceso de la vivienda turística una placa identificativa.
- Es necesario exhibir en un lugar visible un cartel informativo que indique la disponibilidad de las hojas oficiales de reclamaciones.
- Debe exhibirse en un lugar visible un número de teléfono para atender de manera inmediata cualquier circunstancia que afecte a la estancia alojativa.
- Cualquier modificación que afecte a los datos o manifestaciones presentados al inicio de la actividad debe comunicarse por escrito ante la Dirección General competente en materia de turismo en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a que se produzca esa modificación.
- Es necesario tener a disposición de la Dirección General competente en materia de turismo la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos comprometidos en la declaración responsable.
- Es obligatorio poner en conocimiento del público interesado las normas de utilización, así como la temporada de funcionamiento de la vivienda turística, incluyendo las fechas de apertura y cierre y las formas de pago aceptadas.
- Es necesario emitir y entregar a los usuarios un justificante de pago del alojamiento.
- Se debe disponer de hojas oficiales de reclamación de la Dirección General competente en materia de turismo, las cuales deben estar a disposición de los usuarios en un lugar adecuado dentro de la vivienda turística.
- Las hojas de admisión deben conservarse a disposición de la Dirección General competente en materia de turismo durante un periodo mínimo de un año, sin perjuicio de las obligaciones sobre registro de viajeros previstas en la normativa sectorial.
- Si la vivienda turística dispone de página web, es necesario mantenerla actualizada y contestar las peticiones de información que lleguen a través de este instrumento de comunicación.
- Después de su comunicación al interesado, es necesario exhibir el número de inscripción del Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria en toda publicidad que se haga de la actividad turística.
- Es necesario prestar el servicio de alojamiento con los muebles y enseres necesarios para su uso inmediato.
- Se debe ofrecer la vivienda en perfectas condiciones de limpieza, higiene y preparación en el momento de ser ocupada por los usuarios, y debe realizarse una limpieza general de la vivienda y cambio de lencería cada vez que se produzca una nueva estancia. Los desperfectos y averías que se produzcan durante la estancia deben repararse de manera inmediata.
- Los precios de los servicios ofertados deben exhibirse en un lugar claramente visible y de fácil lectura para el público, con el debido detalle del precio final que será aplicable al usuario, haciendo constar separadamente y con suficiente claridad cada uno de los servicios y conceptos de tal forma que posibilite que el usuario tome una decisión antes de la contratación de un servicio turístico.
Obligaciones en materia de seguridad ciudadana
Por último, como en cualquier otro establecimiento turístico, se debe llevar un registro e informar a la policía de las entradas y salidas de la clientela. Así como hacer un registro de la propiedad en la policía pertinente.
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